Antecedentes
Instrumentos internacionales y regionales preexistentes que abordan el cobro transfronterizo de la manutención
En la Unión Europea, los dos instrumentos siguientes, en particular, se han usado como ayuda en el cobro transfronterizo de obligaciones de alimentos antes de la entrada en vigor del Reglamento sobre obligaciones de alimentos:
- El Reglamento (CE) n.º 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en lo sucesivo, el Reglamento Bruselas I (sucesor del Convenio de Bruselas de 1968)
- El Reglamento (CE) n.º 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados en lo sucesivo, el Reglamento del título ejecutivo europeo (véase la relación entre el nuevo Reglamento sobre obligaciones de alimentos y estos dos instrumentos preexistentes en la also parte 2, subcapítulo 5).
Otro instrumento preexistente a escala regional es el Convenio de Lugano de 1988, que ha sido sustituido por el nuevo Convenio de Lugano de 2007 (Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 30 de octubre de 2007(inglés)), aplicable en la relación entre los Estados miembros de la Unión Europea y los Estados de la AELC: Islandia, Noruega y Suiza (no aplicable a Liechtenstein).